y) La información en versión pública de las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos que así lo determinen, en los sistemas habilitados para ello, de acuerdo a la normatividad aplicable.

       DECLARACIONES PATRIMONIALES

     De conformidad con el artículo 93, fracción IV de la LEY DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO DE JALISCO tienen obligación de presentar la DECLARACIÓN DE SITUACIÓN PATRIMONIAL En los Gobiernos Municipales, ante el Congreso del Estado por conducto de los Ayuntamientos: los presidentes municipales o presidentes de los concejos municipales, regidores, concejales, síndicos, secretarios generales, tesoreros, encargados de la hacienda municipal, subtesoreros, secretarios, jueces municipales, coordinadores, directores, subdirectores, delegados municipales, contralores, jefes y subjefes de departamento, jefes y subjefes de oficina, elementos operativos de seguridad pública, oficiales mayores, oficiales del registro civil, supervisores, auditores, subauditores generales, contadores y subcontadores en general, administradores y, cajeros generales, cajeros pagadores e inspectores y los demás servidores públicos que se establezcan para tal efecto en las leyes y reglamentos municipales.

     Tendrán también la obligación de presentar su declaración, los servidores de los organismos públicos descentralizados municipales que sean equiparables a los que señala la fracción II inciso h) del presente artículo;

     A lo que los Servidores Públicos de ésta O.P.D. no han autorizado la publicación de las declaraciones patrimoniales en versión pública.

Actualizado al día 26/09/2024.